¿Quién dictó la resolución?
Fue el ministro, Moisés Muñoz, de la Corte de Apelaciones de Talca, investido en calidad de ministro de fuero, quien se hizo cargo de tramitar la demanda civil promovida por la municipalidad de Pelarco, atendida la calidad de senador de la República de Juan Castro Prieto.
La resolución señala lo siguiente: “Por haberse acompañado título ejecutivo que contiene una obligación líquida no prescrita y actualmente exigible; se tiene por interpuesta demanda en juicio ejecutivo de obligación de dar en contra del senador de la República don Juan Enrique Castro Prieto y, en consecuencia, despáchese mandamiento de ejecución y embargo en su contra por una suma equivalente a diez unidades tributarias mensuales, más intereses y costas. Requiérase y notifíquese, como en derecho corresponde, al ejecutado”.
¿Qué se está cobrando en la demanda ejecutiva de la municipalidad de Pelarco?
Se trata de una multa de 10 UTM cursada por el Servicio Electoral (Servel) en contra de Juan Castro por instalación de propaganda electoral en sitios no autorizados. En términos legales, se trata de una infracción al inciso primero del artículo 35 del DFL número 2 de 2017 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, en relación con la ley 18.700 Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios. La multa dice relación, en específico, con letreros instalados en la ruta K-45 camino a Pelarco.
Tras concluir el procedimiento administrativo sancionatorio, donde el senador en cuestión no hizo descargos, el Servel remitió el expediente a la municipalidad de Pelarco para proceder a la cobranza en calidad de beneficiario, entidad que presentó la demanda civil ante el Primer Juzgado de Letras de Talca, donde se remitió el expediente a la Corte de Apelaciones atendido el fuero parlamentario del demandado. Allí se designó por turno al ministro titular, Moisés Muñoz.
¿El caso ocurrido en Pelarco fue la única infracción cursada contra el senador Castro?
En el expediente administrativo sancionatorio abierto por el Servel se investigaron un total de 26 denuncias contra el parlamentario correspondientes a las elecciones del año 2017.
De todas ellas, nueve fueron presentadas por Carabineros y la propia ciudadanía, mientras las restantes fueron originadas por procesos de fiscalización del Servel. Se dictó absolución en 12 casos y se condenó respecto a denuncias por hechos ocurridos en cuatro comunas, esto es, Curicó, Talca, Linares, Longaví y Pelarco.
Así se determinaron las siguientes sanciones: multa de 12 UTM en beneficio de la municipalidad de Curicó; multa de 21 UTM a beneficio de la municipalidad de Talca; multa de 40 UTM a beneficio de la municipalidad de Linares; multa de 11 UTM a beneficio de la municipalidad de Longaví; y multa de 10 UTM a beneficio de la municipalidad de Pelarco.
¿Por qué se solicitó el embargo?
En el “segundo otrosí” de la demanda ejecutiva de la municipalidad de Pelarco se indica textualmente: “Pido a US se sirva tener presente que señalo para la traba del embargo todos los bienes raíces y muebles de propiedad del ejecutado, en cantidad suficiente hasta cubrir el total de lo demandado, con intereses y costas y que quedarán en su poder, como depositario provisional, bajo las responsabilidades tanto penales como civiles correspondientes”.