En coordinación con los establecimientos educacionales de la comuna se está abordando esta materia para aportar a la seguridad y prevención
¿Qué ocurrió?
Carabineros de la Oficina de Integración Comunitaria de Linares, se reunieron con representantes de los establecimientos educacionales de la ciudad, tanto municipales, subvencionados como privados con el propósito de tratar temas de seguridad respecto a la violencia escolar.
Con el propósito de fomentar la cooperación entre los establecimientos educativos de la comuna y, abordar de manera efectiva y unificada los casos de violencia que puedan surgir en sus entornos escolares.
¿En qué contexto se realiza estos encuentros?
En este contexto y bajo el cumplimiento de la Ley Nro. 20.536 o también denominada Ley sobre “Violencia Escolar”, la que está vigente desde el año 2011, teniendo como fin definir y sancionar los hechos que pueden ser considerados como acoso escolar, ya sea dentro o fuera de un establecimiento educacional. Al mismo tiempo establece, para todos ellos, la obligación legal de diseñar estrategias de prevención y protocolos de actuación, para abordar situaciones de hostigamiento o acoso.
¿Qué es el acoso escolar?
De acuerdo a la ley sobre acoso escolar, está define el acoso escolar como todo acto de agresión u hostigamiento reiterado, valiéndose de una situación de superioridad o de indefensión de la víctima, que le provoque maltrato, humillación o temor fundado de verse expuesto a un mal de carácter grave.
Es decir, la conducta debe tener consecuencias dañinas para el afectado. Por ello, los establecimientos educacionales, sin distinción, deben contar con un reglamento interno (RICE), que regule las relaciones entre los distintos actores de la comunidad educativa, definiendo políticas de prevención y medidas pedagógicas, protocolos de actuación frente a situaciones concretas de maltrato, definición de conductas que constituyan faltas a la buena convivencia, ordenando de acuerdo a su menor o mayor gravedad.
¿Qué se está haciendo para prevenir?
Para promover la buena convivencia y la prevención de toda forma de violencia física o psicológica, agresiones u hostigamiento, la ley establece lo siguiente:
.- Los establecimientos educacionales que no constituyan un Consejo Escolar, deberán formar un Comité de buena Convivencia Escolar.
.- Contar con un Encargado de Convivencia Escolar.
.- Obligación de informar, por parte de la comunidad escolar, las situaciones de agresión u hostigamiento que ocurran a un miembro de ésta.
.-Capacitar al personal docente y no docente de los establecimientos educacionales para abordar situaciones de maltrato.
¿Cuáles son las sanciones?
La ley sanciona a los establecimientos cuando sus autoridades, conociendo un hecho de acoso escolar, no adopten las medidas correctivas, pedagógicas o disciplinarias que correspondían, de acuerdo a su reglamento interno. Si realizada la denuncia de una situación de acoso se logra determinar que las autoridades no actuaron conforme a estos criterios, se inicia un procedimiento por parte de la Superintendencia de Educación Escolar, que puede concluir con una sanción contra el establecimiento, según lo previsto en el artículo 16 de la Ley General de Educación (Multa de hasta 50 UTM).
¿Qué dijo Carabineros?
El jefe de la comisaría de Linares, mayor Miguel Cancino mencionó que “esta reunión que ha tenido como objeto de convocar a los diferentes representantes de los establecimientos educacionales de la comuna, con la idea de aclarar las dudas existentes por parte de ellos, referente a obligaciones legales que tienen, como generar denuncias y con ello, reiterar algunas normas que deben manejar frente a situaciones delictuales que puedan ocurrir en sus colegios o escuelas. A su vez, generar un acercamiento con la comunida escolar, para estrechar lazos de labor colaborativa y sistémica, siempre en pro de la seguridad y la prevención”.